En este caso, el día de ayer 28 de abril, se llevó a cabo la audiencia de lectura y explicación de sentencia, en la cual los miembros del Tribunal 2º María del Socorro Tamayo Aranda, quien funge como presidenta para este caso, Sergio Javier Marfil Gómez y Verónica de Jesús Burgos Pérez, explicaron a las partes el razonamiento por el cual determinaron dicho fallo.
Durante los cuatro días que duró este juicio, los jueces escucharon y presenciaron el desahogo de 11 pruebas testimoniales que fueron presentadas tanto por la Fiscalía General del Estado como por la defensa del acusado, con el fin de probar ante los jueces por un lado la culpabilidad y por el otro la inocencia del procesado, quien se encontraba bajo la medida de prisión preventiva oficiosa.
En la audiencia de ayer en el Centro de Justicia Oral de Valladolid, la juez Tamayo Aranda dio lectura y explicó la razones por las que los jueces, de forma unánime, determinaron la absolución, luego de apreciar íntegramente las pruebas rendidas en el debate de Juicio Oral.
Las nueve pruebas ofrecidas por la Fiscalía fueron testimoniales, una de las cuales era tendiente para sostener que el acusado fue quien cometió el delito.
Sin embargo, la juez Tamayo Aranda explicó que esta única prueba testimonial en contra del acusado y que consistió en el testimonio de un policía ministerial, fue valorada, pero se declaró nula al determinarse que en su contenido se advirtió que se violentaron derechos fundamentales del sentenciado, haciéndose referencia a los artículos 12,97,112 del Código procesal y 20 apartado A fracción IX de la Constitución Política.