CIUDAD DE MÉXICO, 21 de mayo.- Como se había acordado en una primera reunión, este jueves Carmen Aristegui acudió a las instalaciones de MVS para sostener un segundo diálogo sobre el despido de la periodista de la empresa; sin embargo, las pláticas no prosperaron y se presentó una demanda mercantil en su contra.
Aristegui no regresará a MVS, pese a que el intermediario José Woldenberg, ofreció la regulación de contenidos de la periodista, así como el adéndum entre ambas partes.
A través de un comunicado, la empresa señaló el proceso legal en contra de Aristegui, el cual fue promovido el pasado 31 de marzo por incumplimientos en el contrato.
Aquí el comunicado íntegro de MVS:
1.- El 31 de marzo de 2015 MVS Radio promovió una demanda por la vía mercantil ante el Juez de Distrito Décimo Cuarto de lo Civil, en la que hizo valer los incumplimientos de la periodista Carmen Aristegui al contrato consistentes por uso indebido de propiedad intelectual e industrial; derechos de autor, uso de recursos sin autorización y comprometer a la empresa, ello ya que sin derecho o autorización alguna, dentro de la página de su propiedad denominada aristeguinoticias@, incorporó videos que forman parte del contenido del programa Noticias MVS primera emisión, pobló de tráfico, obtuvo audiencia y comercializó indebidamente a través de la explotación mediante la monetización por venta de publicidad, obteniendo un lucro indebido.
2.- Otro incumplimiento quedó de manifiesto el día 10 de marzo de 2015, durante la transmisión en vivo del noticiero Noticias MVS, primera emisión, en el que Carmen Aristegui, anunció públicamente que MVS Radio lanzaría en nuestro país la plataforma denominada “MÉXICOLEAKS”, no obstante que no tenía facultades ni consentimiento de la empresa y sin embargo los comprometió públicamente. MVS Radio aclaró mediante un comunicado que no se oponía a la plataforma de “MEXICOLEAKS”, pero puso de manifiesto que se le había obligado sin su consentimiento.
3.- El Juez de Distrito Décimo Cuarto Civil aceptó la demanda, a la cual fue emplazada el 10 de abril de 2015 Carmen Aristegui y dio contestación el 6 de mayo de 2015. En este juicio se determinará por el Juez la existencia de los incumplimientos al contrato por parte de la periodista.
4.- Estando ya instaurado el juicio mercantil, Carmen Aristegui promovió demanda de amparo ante el Juez de Distrito Octavo Administrativo, solicitando que se considerara a MVS Radio como autoridad responsable, no obstante que la terminación del contrato constituye un acto entre particulares pactado en el mismo contrato, pretextando que la aplicación de Lineamientos de operación para lograr la homologación de los noticieros que transmite la radiodifusora, la censuran y limitan su libertad de expresión, no obstante que estos Lineamientos nunca le fueron aplicados.
5.- Las pláticas conciliatorias ordenadas por el Juez de Distrito Octavo Administrativo dieron inicio el 18 de mayo de 2015 con la periodista, quien fue atendida por los representantes de la empresa legalmente facultados para ello, y continuaron el día de hoy 21 de mayo de 2015, con la presencia de José Woldenberg y el Actuario designado por el Juez, en las cuales José Woldenberg dejó en claro que el fungía como mediador porque así lo había dispuesto el Juez, y que no podía pronunciarse sobre la reinstalación de la periodista pues sólo podía llevar a cabo una mediación y proponer alternativas de solución si las partes estaban de acuerdo.
6.- En la reunión realizada el día de hoy en las instalaciones de MVS Radio, no fue posible alcanzar ningún acuerdo, por lo que la solución se encuentra en el poder judicial.
Ante el rechazo de MVS, Carmen Aristegui acompañada de sus abogados, destacó afuera de las instalaciones de la empresa que existe un contrato vigente y añadió que la propuesta de Woldenberg “fue muy apropiada” y la mejor para ambas partes.
¿Qué sigue?
Representantes legales de la periodista indicaron que ante el rechazo de la propuesta, un actuario del Juzgado presente en la reunión, “dará cuenta al juez de lo que pasó aquí (…) narrar cuál la actitud de cada una de las partes, cuestiones que serán valoradas por el juez a efecto de la resolución de fondo”.
La decisión estará en manos del juez octavo de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal.