Edgar Azcuaga Cabrera, líder de la FTOT, confirmó que por ley los trabajadores tienen derecho de acudir a votar con el permiso del patrón.

Comentó que el patrón por ley debe respetar lo que dice el artículo 132 de la ley laboral del estado, donde establece que el trabajador al ser ciudadano tiene derecho a votar, por lo cual aunque salgan temprano pueden acudir a su casilla a emitir su voto.

Confirmó que ellos emitieron una circular para poder prever lo que dice la ley, dado que de no hacerlo podrían darse acreedores a alguna sanción, dado que es un día no laborable, dado que es una obligación del ciudadano para votar.

Agregó que la ley también establece que al ser el domingo día de descanso obligatorio para las elecciones el patrón está obligado a pagarle tres veces el salario mínimo al trabajador, es decir que si gana 250 pesos diario ese día tendrá que recibir 750 pesos.