Ciudad de México, 09 de febrero de 2017.- Guillermo Alcocer, titular de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), recordó que a partir del 30 de marzo los precios de las gasolinas se modificarán automáticamente hasta cada 60 minutos, basándose en el tipo de cambio y en el precio internacional del combustible.
Explicó que con esta liberación en el precio de la gasolina habrá “mayor certeza” de las fórmulas en el aumento y reducción de los costos de los combustibles, pues estarán reflejados de acuerdo con el tipo de cambio.
“A nosotros nos tendrá que avisar la gasolinera con 60 minutos de anticipación, así lo dice la ley y esa es la única restricción que hay, en 60 minutos un cambio que se dé en los mercados se verá en la bomba y yo creo que eso es una buena noticia, porque nos despejará muchos de estos elementos de que hay un desfase de la fórmula respecto a la realidad”, indicó.
Tras la liberación de los precios en Baja California y Sonora en marzo, el 15 de junio continuará en Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas y Gómez Palacio, Durango. Posteriormente, el 30 de octubre, otras 19 entidades, entre ellas la Ciudad de México, cerrarán este proceso.
Para prevenir abusos en la venta de los combustibles, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) firmaron un convenio de colaboración.
Ambas instituciones pueden imponer sanciones a las empresas que no reporten precios a la CRE o que vendan los combustibles por encima del precio máximo establecido.
La Profeco dará aviso a la CRE cuando observe el incumplimiento de los precios máximos y cuando éstos no sean iguales a los reportados por los permisionarios. Además impondrá sanciones a las gasolineras cuando no despachen litros completos.
Cuando las estaciones vendan gasolinas y diésel a un precio mayor al máximo, distinto al reportado a la autoridad o no respeten los términos y condiciones establecidos en los permisos que otorga la CRE, entre ellas, las de tener los precios visibles, dicha instancia podrá sancionar con multas de hasta 24 millones de pesos de acuerdo con la Ley de Ingresos 2017 y la Ley de Hidrocarburos.
De acuerdo con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Profeco podrá aplicar multas de hasta 4.1 millones de pesos, que se pueden duplicar en caso de reincidencia. De negarse a ser verificados, la dependencia federal puede presentar denuncias penales ante la Procuraduría General de la República (PGR).
Fuente: Staff