La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó este lunes, por mayoría calificada, la declaratoria de inconstitucionalidad sobre la prohibición del uso lúdico de la cannabis y el psicotrópico THC, compuestos conocidos en conjunto como mariguana.

Con esta medida la hierba se considerará legal para entretenimiento; es decir, el uso lúdico o recreativo de la marihuana significa que las personas podrán consumirla de manera personal y libre, siempre y cuando sean mayores de 18 años.

La aprobación, con 8 votos a favor y 3 en contra fue suficiente para anular los cinco artículos de la Ley General de Salud que impiden el consumo lúdico de la planta, pero no significa que todo el mercado de la cannabis sea legal, ni que los consumidores queden exentos de limitaciones.

LEGISLADORES NO PUDIERON

El 30 de abril había vencido por tercera vez el plazo que la SCJN pusp al Congreso para que regulara el consumo lúdico de mariguana en la nación, pero los legisladores no lograron acuerdos.

“Después de un largo camino la SCJN consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico recreativo de la marihuana y se confirma que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos son efectivos”.

“Y que un tribunal es esencial para el desarrollo de estos derechos, para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa”, señaló el ministro Arturo Zaldívar.